Información requerida del profesional.
- Presentar el original del Título profesional de Biólogo o su equivalente de Licenciatura en Biología otorgado por una universidad peruana reconocida. Se devolverá el título original después de verificar que las fotocopias son copias fieles del mismo. Para títulos otorgados en el extranjero, se requiere el reconocimiento de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).
- Proporcionar dos fotocopias del título profesional autenticadas por el Secretario General de la universidad correspondiente.
- Presentar cuatro fotografías tamaño pasaporte a color y una versión electrónica en formato JPG para la elaboración del carnet, junto con la firma escaneada en un CD que viene con la tesis.
- Entregar dos Discos Ópticos (Blu-ray, DVD o CD) con la versión electrónica digital de la Tesis, Monografía o Informe con la que se obtuvo el Título Profesional, incluyendo un Resumen Ejecutivo.
- Los graduados por la vía especial de Titulación Extraordinaria deben presentar dos copias legalizadas del certificado de notas y la Resolución Rectoral del título profesional.
Realizar el pago de S/. 686.00 (Seiscientos Ochenta y seis nuevos soles) desglosado de la siguiente manera:
- Pago al Consejo Nacional: S/. 386.00 nuevos soles mediante depósito bancario directo en la cuenta de ahorros del Banco Continental a nombre del Colegio de Biólogos del Perú, Consejo Nacional.
- Pago al Colegio Regional: S/. 300.00 nuevos soles en efectivo o vía banco en el Colegio Regional respectivo.
Considerar Pago de Juramentación segun dispongan las Sedes Regionales
Envío del Expediente y Revisión, realizado por las sedes Regionales
- Enviar el expediente del trámite de Colegiatura desde el Colegio Regional al Consejo Directivo Nacional.
- Después de la revisión del Consejo Directivo Nacional, se realizará la inscripción del nuevo colegiado y se efectuará el registro correspondiente en el Libro de Inscripciones del Colegio de Biólogos del Perú.
- El expediente aprobado será devuelto al Consejo Regional, acompañado de los siguientes distintivos oficiales: Diploma de Colegiación, Carnet de colegiado, Medalla de colegiado, Sello personal de colegiado y Solapero de colegiado.
- En caso de un resultado desfavorable en el trámite de colegiación ante un Consejo Regional, el solicitante tiene derecho a apelar ante el Consejo Nacional, y el Consejo Regional debe dar trámite inmediato a dicha apelación, según lo establecido en el Art. 57b del Reglamento.
La ceremonia de Juramentación sera dispuesto por cada sede regional.
- Según el Art. 57e del Reglamento, el Consejo Regional programará la ceremonia de Juramentación e Incorporación de colegiados, donde se entregarán los Distintivos Oficiales de la Orden.
- Los Colegios Regionales pueden estampar un sello al reverso del Título Profesional original, anotando el Número de Colegiatura CBP y el libro y folio de su registro, una vez que hayan recibido el expediente original debidamente aprobado del Consejo Directivo Nacional junto con lo mencionado en el punto 12.